30 May
30May

     Las diferencias en las capacidades de los alumnos no deben representar una barrera, sino una fuente de aprendizaje. En cambio, existen condiciones organizacionales, normativas, administrativas, pedagógicas, físicas y actitudinales en el sistema educativo que se erigen como barreras e impiden el aprendizaje y la participación de todos los alumnos. 

La educación inclusiva se propone actuar sobre las condiciones tanto internas como externas al sistema educativo que, al limitar o privar a ciertas personas y colectivos sociales del ejercicio del derecho a la educación, generan brechas de desigualdad.

 Estas desigualdades se ven materializadas en las denominadas Barreras Sociales (Zarb, 1997), referidas a aquellos obstáculos o impedimentos que las personas encuentran a lo largo de su experiencia en el sistema educativo y fuera de él. A las barreras internas al sistema se les suele llamar Barreras para el Aprendizaje y la Participación (BAP) (cfr. Booth, Ainscow, Black-Hawkins, 2002) y son aquellas que impiden a las personas el acceso, la permanencia, el tránsito, la conclusión o la construcción de aprendizajes relevantes dentro del sistema educativo. 

A las barreras internas al sistema se les suele llamar Barreras para el Aprendizaje y la Participación (BAP) (cfr. Booth, Ainscow, Black-Hawkins, 2002) y son aquellas que impiden a las personas el acceso, la permanencia, el tránsito, la conclusión o la construcción de aprendizajes relevantes dentro del sistema educativo. 

Las BAP no se refieren a las características o condiciones personales, sino a la inadecuada configuración o respuesta del sistema educativo y del entorno que impiden el cabal ejercicio del derecho a una educación de excelencia, lo que afecta negativamente tanto la trayectoria escolar y el proyecto de vida de las personas como a la sociedad en su conjunto.

 Las BAP se identifican bajo tres grandes categorías lo que facilita la identificación de los actores responsables de removerlas dentro y fuera del Sistema Educativo Nacional:


 Barreras Estructurales

Estas barreras son el resultado de un sistema que ha normalizado la exclusión y la desigualdad de personas, grupos o poblaciones desde la misma organización política, social o económica. La cultura desigual y los valores instaurados imposibilitan estructural y sistemáticamente que dichas personas o grupos ejerzan su derecho pleno a la educación y a la diversidad sin discriminación; les deja sin oportunidades y en condiciones desiguales e inequitativas. Son las barreras de índole más general que se constituyen en fuente de actitudes, prácticas y políticas que invisibilizan, etiquetan o discriminan a las personas, y que impactan la relación del sistema educativo con el entorno. Entre éstas figuran las siguientes: 


• Falta de acceso por razones de proximidad escolar. 

• Condiciones socioeconómicas que dificultan el acceso, avance, permanencia, aprendizaje y/o la participación de Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes (NNAJ).

• Exclusión o discriminación social y culturalmente normalizada. 

• Priorización en la agenda pública de problemáticas distintas a la educación, que generan falta de atención y asignación de recursos al tema.

 • Inexistencia o carencia de herramientas como tecnologías de la información y la comunicación y/o bibliotecas. 

• Infraestructura deficiente o que no permite el libre acceso, tránsito, interacción y autonomía de todas las personas. 

• Ausencia de trabajo colaborativo y coordinación entre la escuela, la familia y el Gobierno.

• Ausencia o debilidad de políticas de educación para la inclusión. 

• Establecimiento de currículos homogéneos e inflexibles. 

• Dificultad o imposibilidad para transitar entre los niveles y subsistemas por razones de discriminación. 

• Falta de oportunidades de acceso a la educación. 


Barreras Normativas: 

Son las barreras que derivan de leyes, ordenamientos, lineamientos, disposiciones administrativas, políticas, principios o programas que impiden, omiten, invisibilizan o desprotegen condiciones en lugar de permitir el efectivo derecho a la educación en su sentido más amplio. 

En general, tienen que ver con disposiciones que, aun bajo su aparente inocuidad y neutralidad, terminan impidiendo el acceso, dificultando el trayecto formativo o limitando el aprendizaje y la participación de estudiantes. Entre ellas se encuentran: 

• Ausencia de una perspectiva de inclusión en las leyes educativas vigentes. 

• Contradicciones entre leyes respecto a la educación de las personas y culturas diferentes. 

• Prevalencia de una visión puramente sectorial que no visualiza la coordinación con otros sectores fundamentales para el ejercicio pleno del derecho a la educación, como salud, vivienda, comunicaciones y transportes, medio ambiente, energía, cultura, justicia, entre otros. 

• Existencia de programas o subsistemas educativos creados para atender a determinados grupos vulnerados, lo que crea guetos e impide la interacción en la diversidad. 

• Establecimiento de normas y/o políticas que dificultan o entorpecen el pleno derecho a la educación y a la participación de NNAJ. 22 ACUERDO EDUCATIVO NACIONAL.


Barreras Didácticas: 

se refiere a aquellas barreras que se dan en el acto educativo y en las mismas prácticas educativas y actitudinales dentro del entorno escolar. Son aquellas acciones de enseñanza y prácticas de aprendizaje de los educadores que no son culturalmente pertinentes, que no corresponden al ritmo ni al estilo de aprendizaje del educando y que se caracterizan por desarrollar bajas expectativas académicas en relación con un sector del estudiantado, por lo general procedente de sectores en situación de vulnerabilidad. 

Entre ellas se pueden citar: 

• Actitudes de rechazo, segregación o exclusión por parte de la comunidad educativa, por razones de discriminación. 

• Un clima escolar hostil y que propicia el acoso escolar. 

• Uso de recursos y materiales didácticos homogéneos. 

• Estrategias de enseñanza que no consideran la diversidad. 

• Planeaciones docentes que no atienden características y/o condiciones diversas del grupo. 

• Prácticas pedagógicas no incluyentes tanto de docentes, como de los demás actores educativos. 

• Barreras en la comunicación y falta de docentes especializados de acuerdo con las necesidades específicas de NNAJ en la comunidad educativa. 

• Falta de pertinencia y adecuación intercultural. 

• Nulos o escasos espacios para la participación de NNAJ en las escuelas y en la comunidad educativa. 

• Rutinas de trabajo y distribución de los espacios y mobiliario que no consideran la diversidad del estudiantado.


https://www.animalpolitico.com/wp-content/uploads/2019/11/ENEI.pdf 

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